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28-07-2010 (JURISMADRID) PROTECCION DE DATOS El Supremo ratifica una multa de 300.000 euros a una clínica por tirar expedientes a la basura pd2

El Tribunal Supremo ha confirmado una sanción de 300.506,05 euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos a una clínica tocoginecológica por tirar más de cien expedientes médicos a la basura por vulnerar el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal que tipifica como muy grave (en su artículo 44.4 g) dicha actuación.

Los expedientes médicos tirados a la basura contenían datos de carácter personal.

El Alto Tribunal no acepta la argumentación de la denunciada relativo a que la documentación fue arrojada al contenedor por un tercero, ya que para el Supremo esa persona era un empleado administrativo, "lo que excluye esa calificación de tercero y comporta la atribución de responsabilidad para la actora, sin que pueda, lógicamente y con seriedad, argumentar su falta de conocimiento de los hechos imputados con vulneración del principio de responsabilidad".